Desgravación fiscal
Deducción y desgravación de donaciones a Mano a Mano
Si has decido hacerte socio o realizar un donativo puntual a Mano a Mano te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Para 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor deMano a Mano, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
Personas Físicas (IRPF) |
Ejercicio 2016 y posteriores |
Primeros 150€ |
75% |
Resto |
30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * |
35% |
Límite deducción base liquidable |
10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS) |
Ejercicio 2016 y posteriores |
Donaciones en general |
35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) * |
30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * |
40% |
Límite deducción base liquidable |
10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
- Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a 2016 podrás deducirte el 75% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 30% o del 35% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
- Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es